Derecho Inmobiliario

Arrendamiento de Vivienda

Para llevar a cabo el arrendamiento de una vivienda, ya sea mediante una inmobiliaria o de forma particular, es necesaria la redacción de un contrato de alquiler. Dicho contrato es un acuerdo entre dos partes (arrendador y arrendatario) en el cual el arrendador se compromete a ceder un bien durante un tiempo determinado para su disfrute y uso.

El arrendatario a cambio se compromete a realizar el pago acordado como contraprestación de este bien. Normalmente el pago suele ser mensual (los primeros días de cada mes) depositando un mes por adelantado a modo de fianza (por los desperfectos que se le puedan ocasionar a dicho bien) y devolviéndose en función del estado en el que se encuentre la vivienda al terminar el contrato.

¿Qué tipos de bienes podemos arrendar? Prácticamente casi cualquier bien, aunque los contratos de alquiler que se redactan con más frecuencia son los contratos de arrendamientos de viviendas, contratos de arrendamientos de establecimientos o locales, contratos de arrendamientos de plazas de garaje.

Como ejemplo nos vamos a centrar en el contrato de alquiler de vivienda. Cuando una persona alquila un inmueble de forma temporal, uno de los problemas frecuentes es que dicha persona no haya leído detenidamente el contrato. Por tanto, se puede encontrar con términos legales incluidos que desconocía.

En las cláusulas se estipulan las peculiaridades de dicho contrato. Qué bien y durante cuánto tiempo se va alquilar. También dictan la cuantía mensual, la fianza, inventario (muebles, electrodomésticos y utensilios de la vivienda), que actos pueden hacer que el contrato quede anulado (como impagos o demoras en el pago), obligaciones de cada una de las partes (arrendador y arrendatario) y establecer el uso que se le va a dar al inmueble.