Drogas

Artesano de la palabra.
Joaquín Rodriguez
Abogado

Contestamos tus preguntas:

Las multas caducarán si no te llega una notificación a tu domicilio en un máximo de 1 año desde el suceso y si tu nombre tampoco a aparecido en el BOE. Esta situación y la declaración de insolvente por 5 años o más es la única manera de librarse de este tipo de sanción.

La Ley 4/2015 de Seguridad Ciudadana indica que la Administración dispone del plazo de un año para notificar el inicio del procedimiento. Para contabilizar correctamente los plazos se toma como referencia el día en el que ocurrieron los hechos.

El artículo 39 de la LPSC establece que las infracciones graves (entre las que se encuentra como hemos visto el consumo o tenencia de drogas) serán sancionadas con multade 601 a 30.000 euros. El grado mínimo de la multa por la «infracción grave» oscilará entre 601 a 10.400 euros.

Por simple posesión de cantidades superiores a las de la tabla, sin fines de comercio o suministro, una persona puede recibir de 10 meses a 3 años de prisión.

No es punible la posesión de droga para el propio e inmediato consumo, en cantidad que no exceda de 5 gramos de pasta básica de cocaína, 2 gramos de clorhidrato de cocaína, 8 gramos de marihuana o 2 gramos de sus derivados, 1 gramo de látex de opio o 200 miligramos de sus derivados.

Se considerará tenencia para consumo personal la posesión de hasta tres dosis de cualquier droga.