Servicios de Derecho Mercantil

En Rodríguez Navarro Abogados contamos con abogados especializados en Derecho Mercantil que velarán por su empresa asesorándole en todo lo referente a las relaciones con socios, clientes o negocios, así como asistiéndole en posibles conflictos.

Cheques, letras y pagares

Desde Rodríguez Navarro Abogados somos especialistas en el asesoramiento legal sobre las formas de pagos entre empresas.

¿Qué es una letra de cambio?

Es aquel título valor que incorporada una orden de pago incondicionada dada por el que emite la letra, para que al vencimiento le pague a otra tercera persona una suma de dinero que consta en la letra. Veámoslo siguiendo con el ejemplo de la compra del coche:

El Sr comprador compra un coche en un concesionario. El concesionario emite una letra de cambio, la cual, incorpora una orden de pago de 20.000 euros. Dicha orden de pago va dirigida para el Sr. comprador, el cual tiene que pagar al vencimiento de la letra la cantidad. Si la letra de cambio vence el día 28 Junio del 2011, el Sr. comprador ha de pagar los 20.000 euros para esa fecha.

En el momento de la emisión de la letra aparecen normalmente tres partes:

El librador de la letra: es quien emite el documento dando la orden de pago y con su firma garantiza el cumplimiento de esa orden. Este papel lo protagonizaría el concesionario.

El librado: es la persona a la que va dirigida la orden de pago pero que sólo se obliga a pagar cuando firme esa letra aceptándola. Desde ese momento tiene la obligación de pagarla (librado aceptante). El librado es el Sr. comprador.

El tomador o tenedor de la letra: es la persona a la que hay que hacer el pago de la suma de dinero que se indica en la letra. En nuestro ejemplo, vuelve a ser el concesionario.

La letra y el derecho que en ella se contiene sólo se extinguen cuando el que paga es el librado aceptante. Si los que realizan el pago son los obligados cambiarios (todos lo que han firmado la letra), esta no se extingue.

Imaginémonos que el que emite la letra es una la fábrica de ruedas, y que emite una orden incondicionada para que le pague el concesionario (obligado cambiario). A su vez la letra recoge la firma del Sr. comprador (librado aceptante). La letra no se extingue hasta que no pague el Sr. comprador.

La letra de cambio la principal manera que tiene para circular es a través del endoso: El endoso es la declaración cambiaría contenida en la propia letra, escrita por el actual tenedor de la letra que pasa a llamarse endosante (concesionario), y que trasmite a otra persona denominada endosatario (la fábrica de ruedas) todos los derechos que se contienen en la letra. El endosatario cuando recibe el documento se convierte en el nuevo tenedor de la letra y adquiere todos los derechos que tenía el endosante.

¿Qué es un cheque?

El cheque es el documento que contiene una orden incondicionada de pago de una determinada suma de dinero al tenedor. El cheque deberá ser presentado al pago en un plazo de 15 días, que serán 20 si el cheque está emitido en algún país de Europa y 60 para el resto de los países.

La función económica del cheque es la de ser un medio de pago entre empresas, etc.

Para la emisión de un cheque es necesario:

Que existan fondos en el banco a disposición del librador y que sean suficientes para el pago del cheque.

Que exista un acuerdo entre el librador y el banco para disponer de esos fondos mediante la emisión de cheques. Este acuerdo generalmente va unido a algún contrato bancario.

¿Qué es un pagaré?

El pagaré es otro título valor muy semejante a la letra de cambio. Es, entonces, un documento escrito, mediante el cual, una persona (librado) se compromete a pagar al tenedor del pagaré una determinada cantidad de dinero en una fecha acordada previamente.

A diferencia de la letra de cambio, quien emite el pagaré es el deudor, y no el acreedor.

Los pagarés suelen ser al portador o endosables, es decir, que se pueden transmitir a un tercero y ser emitidos por individuos particulares, empresas o el Estado.

Por último, destacar que tanto las letras de cambio, como cheques y pagarés deben estar correctamente rellenados y completados, ya que una omisión puede suponer un pagaré no válido,

Al mismo tiempo contamos con un servicio de recobros de cantidades impagadas que puede hacer que recuperes el dinero de todos aquellos morosos o mal pagadores.